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Asunto:Re: [Foro-CEJA] Ministerio Público Abogado de la V ictima?
Fecha:Viernes, 28 de Junio, 2002  00:14:44 (-0400)
Autor:Ignacio Castillo <icastill @...net>
En respuesta a:Mensaje 77 (escrito por JULIO CESAR GUASTAVINO)

Julio, pero esta idea de fiscal como abogado de la victima, como lo he dicho
miles de veces, no importa limitarlo en su titularidad de acción penal, sino
simplemente orientarlo hacia ser un articulador de intereses. Es decir, en un
organismo que primero se oriente a satisfacer el conflicto respecto de las
partes, que de buscar la pretensión punitiva, amparado en el desea de vindicación
social, lo que solo quiere decir ampliar el derecho penal de la infracción y
alejarlo más del derecho penal del conflicto. Sin embargo, claramente el MP esta
limitado, en esa articulación, a la ley, a las garantías del imputado, y al mismo
proceso (y no al ppio de objetividad como dicen muchos) por lo que no puede
actuar arbitrariamente. Respecto de esto, de las actuaciones arbitrarias, podemos
solucionarlo de dos modos, teniendo un fuerte control (en audiencias publica y
orales, por cierto) entre el defensor, por una parte y el juez de garantía por
otra. O bien podemos pensar que el ppio de objetividad, por si solo, es capaz de
satisfacer ese control.  
Mi punto es, olvidémonos del ppio de objetividad y concentremos la
contradictoriedad, no solamente en el juicio oral, sino en todo el proceso, que
exista un fuerte incentivo para el fiscal de respetar la ley y las garantías, y
que ese incentivo este dado por el control de la otra parte, y no por el
incentivo de autolimitarse, que siempre es menor. 
 
Por ultimo, de hecho en chile existe el querellante particular, y es tan así lo
que yo te planteo, que en chile existe la posibilidad que la victima y su abogado
particular vayan a juicio oral y el MP se haga un lado, insisto, si eso no es un
sistema acusatorio y contradictorio, incluso más, con algunos matices del
acusatorio germánico entre particulares, entonces no sé que pueda ser. 
 
Saludos 
Ignacio Castillo V. 
 
 
  ----- Original Message -----  
  From: JULIO CESAR GUASTAVINO  
  To: foro2@listas.cejamericas.org  
  Sent: Thursday, June 27, 2002 11:41 PM 
  Subject: [Foro-CEJA] Ministerio Público Abogado de la Victima? 
 
 
  Respecto a lo dicho por algunos foristas, si mal no entendí, de visualizar al
Ministerio Público como abogado de la víctima, entiendo que es fundamental ver al
Ministerio Público como verdadero y único Titular de la Pretensión Punitiva del
Estado,(no como defensor de la víctima)en la reforma de mi país (aún no vigente
por desgracia) la víctima aparece en mi concepto como una verdadera Cuarta Pata
en el proceso penal: entienden los que tienen experiencia en el proceso
acusatorio, que debe ser así y si ello es positivo; quienes tienen régimen de
querella privada y quienes no? Gracias.Julio de Uruguay. 
 
 
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