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Responder a este mensaje
Asunto:Re: [Foro-CEJA]
Fecha:Miercoles, 26 de Junio, 2002  12:18:55 (-0400)
Autor:Ignacio Castillo <icastill @...net>

Mary, perdoname si creiste que lo de confundida era personal, no tengo razones
para creer eso, ni para pensar que yo soy capaz de terminar con alguna confusión
incluso con las mias. Cuando me referí a confusión simplemente pensaba en mi
incapacidad para transmitir pensamientos, no en problemas de mi interlocutor. 
 
Cuando me referia a verdaderamente acusatorio, por cierto estaba haciando un
juicio personal respecto de distintas maneras de ver el juicio oral en el
paradigma de los nuevos modelos procesales, ciertamente esa verdad, que es mia,
no debe ni puede ser compartida por todos, la incerteza es la idea fuerza de
todas las ciencias, pero no por eso puedo dejar de expresar, aun más en un foro
como este, donde se supone intercambiamos opiniones, mis verdades. 
 
Cito a Gordillo  
Digámoslo pues claro de entrada, con POPPER, 1 que la cien- 
 
cia supone no adorar idel ídolo de la certidumbre ... la adora- 
 
ción de este ídolo reprime la audacia y pone en peligro el 
 
rigor y la integridad de nuestras constataciones. La opinión 
 
equivocada de la ciencia se detalla en su pretensión de te- 
 
ner razón: pues lo que hace al hombre de ciencia no es su 
 
posesión del conocimiento, de la verdad irrefutable, sino su 
 
indagación de la verdad [realidad] persistente y temeraria- 
 
mente críticaln. 
 
Lo cierto es que no pretendo adorar el idolo de la certidumbre, ni aun la mia,
pero opino que el modelo de juicio oral que se esta instaurando en parte de la
región, cargado de certidumbres, genera más problemas que virtudes. 
 
Me disculpo si el termino verdaderamente acusatorio molesto, al menos esa es mi
verdad, verdad que por cierto no es irrefutable y esta en constante proceso de
contrastaciones renovadas y cada vez más rigurosas. Lo que yo creo es que el
modelo de juicio pseudo acusatorio, ante constataciones facticas, resulta
problemático, y como ya he repetido hasta la saciedad, estimulador de practicas
inquisitivas. Lo lamentable de esto ultimo es que hay operadores del sistema que
creen que esa practicas pueden ser erradicadas con transformaciones legales, pero
el peso del inquisitivo es un peso cultural, que va más allá de las normas. En mi
opinión, debiéramos comenzar a separar al poder judicial de la decisión criminal,
limitándolo a razonar cuestiones jurídicas, que creo es donde mejor lo pueden
hacer. Si logramos alejar a los jueces de la potestad de condenar (por poner un
ejemplo) en mi opinión estaremos más cerca de un sistema acusatorio, como yo lo
veo, por cierto. De ahí, que resulte lamentable que en argentina, por ejmplo,
teniendo hasta mandato constitucional, no se haya aplicado el juicio por jurados.

 
Permitanme citar a Alejandro Nieto  
 
"En términos menos dramáticos aunque igualmente importantes, en el ámbito
jurídico la comunicación se encuentra condicionada por la presencia de un
universo de referencia común entre los interlocutores. Si esto no sucede, si los
intervinientes se están refiriendo a cosas distintas cuando hablan, por ejemplo,
de "derecho", o de "juez" o de "contratos", entonces se establece un diálogo de
sordos en el que la comunicación de conocimientos resulta imposible. De aquí la
necesidad de adelantar con precisión lo que cada uno entiende por las palabras y
conceptos que va a manejar. Aunque también es verdad es -como ha formulado Popper
en una atrevida paradoja- la discordancia de los interlocutores, si bien
dificulta la comunicación, tiene un inesperado efecto heurístico dado que obliga
a buscar un nuevo universo de referencia común y más amplio y original que los
anteriores" De aqui entonces, cuando digo un juicio VERDADERAMENTE acusatorio, no
pretendo sino dejar en claro lo que yo entiendo por acusatorio, nada mas y nada
menos. 
 
Saludos 
 
Ignacio Castillo Val 
 
 
 
 
 
 
 
From: "Mary Beloff" <mabeloff@mail.retina.ar> 
 
To: <foro2@listas.cejamericas.org> 
Sent: Wednesday, June 26, 2002 11:13 AM 
Subject: RE: [Foro-CEJA]  
 
 
> Ignacio, no estoy confundida. Simplemente me dio curiosidad la reaccion que 
> genero la cosa. 
> Sobre lo que es VERDADERAMENTE algo, me reconozco absolutamente incapaz de 
> formular una sola palabra. 
> Creo que las narrativas se modifican y que en esto radica, en mi perspectiva 
> la centralidad del juicio, aun en su poder dramatico para conmover la 
> narrativa de la vindicta publica. 
> Saludos cordiales. 
>  
> ----- Original Message ----- 
> From: Ignacio Castillo <icastill@vtr.net> 
> To: <foro2@listas.cejamericas.org> 
> Sent: Wednesday, June 26, 2002 11:20 AM 
> Subject: Re: [Foro-CEJA] 
>  
>  
> > Mary, lo cierto es que eso que tu dices importa creer que los actores del 
> > sistema deben necesariamente transformarse en veeedores de la verdad, lo 
> > cual es sumamente complicado, porque cada parte va acomodándose a las 
> > circunstancias. En el modelo de juicio VERDADERAMENTE acusatorio, se 
> > producen en juicio una serie de cuestiones que hoy por hoy, en muchos 
> países 
> > de la región no se entienden, y que generan la confusión que yo creo vos 
> > tenes. Mira, tan solo déjame ponértelo de esta idea, el fiscal, antes de 
> ir 
> > a juicio va a formarse una teoría del caso (theory odf the caso) lo que en 
> > palabras ultra simple signoifica que el tiene una historia que narrar, un 
> > cuento, su visión de los hechos, para eso, obviamente, el fiscal va a 
> tener 
> > sus testigos y sus peritos (ojo, una idea así de juicio parte de la base 
> > diametralmente distinta a los sistemas inquisitivos -pero mucho más 
> > realista- de que los testigos y los peritos no son imparciales, no vienen 
> en 
> > blanco a contar una historia, los testigos y los peritos, van a juicio 
> > porque alguien los lleva, y si alguien los lleva es porque apoya su teoría 
> > del caso. Los testigos no son imparciales, siempre miran los hechos desde 
> > una perspectiva, igual cosa los peritos. Este es el argumento para aceptar 
> > que el contradictor contraexamine en forma subjetiva, esto es, poniendo 
> una 
> > historia en boca del testigo, porque la única forma de garantizar el 
> derecho 
> > a la defensa es con la posibilidad que el imputado ponga na segunda 
> > historia.) Lo mismo va a hacer el defensor, por eso, estimada Mary, creo 
> > imposible que un fiscal deba pedir la absolución en un juicio oral, por 
> > ultimo, aunque el CASO de la defensa fuese mucho más potente que el de la 
> > fiscalía, este debiera seguir con la suya, básicamente, porque hasta los 
> > alegatos finales, es donde esta su última posibilidad de encerrar todo su 
> > caso. Esto incentiva tener un sistema más eficiente, donde los fiscales 
> > lleven a juiciooral lo que puedan ganar, y en los otros casos donde no lo 
> > tenga tan claro, buscar otro mecanismo alternativos. 
> > 
> > Francamente no entiendo como un fiscal que crea seriamente en su 
> acusación, 
> > aun cuando los hechos que emanen de la prueba vayan contra su teoría del 
> > caso, pueda atentar contra la constitución por mantener su postura hasta 
> el 
> > final. Me podrías decir que garantía constitucional se infringe? 
> > 
> > Me gustaría incorporar otro elemento a la discusión que creo fundamental y 
> > que se relaciona mucho con esto? No creen ustedes que los fiscales 
> debieran 
> > ser (desde una perspectiva metanormativa, en un plano del deber ser, el 
> > abogado de las victimas? Digo metanormativamente porque hay ocasiones que 
> el 
> > fiscal tiene facultades que superan incluso a la victima (por ej. ppio 
> > oportunidad) pero sin perjuicio de eso, a mi parecer, ver al MP desde esa 
> > perspectiva -de abogado de las victima-, importa cambiar radicalmente la 
> > forma en que estos han venido trabajando en la región. 
> > 
> > Saludos 
> > Ignacio Castillo Val 
> > 
> > 
> > 
> > ----- Original Message ----- 
> > From: "Mary Beloff" <mabeloff@mail.retina.ar> 
> > To: <foro2@listas.cejamericas.org> 
> > Sent: Wednesday, June 26, 2002 9:23 AM 
> > Subject: [Foro-CEJA] 
> > 
> > 
> > Estimad@s, probablemente en la brevedad de mis mensajes no logro precisar 
> el 
> > punto. 
> > Todo lo que se señala lo doy por descontado. 
> > Simplemente me llamó la atención la sorpresa que generaba la idea de que 
> un 
> > fiscal pida luego de un juicio la absolución. 
> > Es claro que se debe llegar a juicio con asuntos de cierta envergadura y 
> > serios. 
> > Tambien que el supuesto materia de debate no seria la regla del 
> > funcionamiento del sistema. 
> > No obstante, encuentro contrario a los más elementales principios que la 
> > reforma procesal penal procura, pensar que siempre que el fiscal lleva un 
> > asunto serio a juicio necesariamente la defensa, o bien la propia prueba 
> de 
> > la fiscalia en el contexto de la audiencia, no va a lograr derribar la 
> > pretensión punitiva estatal aun en la propia cabeza del fiscal. 
> > En ese caso -no entro a analizar la cuestion del acusador particular- no 
> veo 
> > problema en que el fiscal, si su pretension punitiva se quedo sin 
> sustento, 
> > pida la absolucion (luego se vera si fuera el caso si esto ocurrio por su 
> > inexperiencia, mala actuacion, corrupcion, etc., pero esto no es materia 
> de 
> > ese juicio sino eventualmente de un sumario al interior del mpfiscal). Es 
> > mas, creo que seria su deber retirarla, si su acusacion se quedo vacia de 
> > sustento. 
> > Saludos. 
> > 
> > 
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