Estimad@s, probablemente en la brevedad de mis mensajes no logro precisar el
punto.
Todo lo que se señala lo doy por descontado.
Simplemente me llamó la atención la sorpresa que generaba la idea de que un
fiscal pida luego de un juicio la absolución.
Es claro que se debe llegar a juicio con asuntos de cierta envergadura y serios.
Tambien que el supuesto materia de debate no seria la regla del funcionamiento
del sistema.
No obstante, encuentro contrario a los más elementales principios que la reforma
procesal penal procura, pensar que siempre que el fiscal lleva un asunto serio a
juicio necesariamente la defensa, o bien la propia prueba de la fiscalia en el
contexto de la audiencia, no va a lograr derribar la pretensión punitiva estatal
aun en la propia cabeza del fiscal.
En ese caso -no entro a analizar la cuestion del acusador particular- no veo
problema en que el fiscal, si su pretension punitiva se quedo sin sustento, pida
la absolucion (luego se vera si fuera el caso si esto ocurrio por su
inexperiencia, mala actuacion, corrupcion, etc., pero esto no es materia de ese
juicio sino eventualmente de un sumario al interior del mpfiscal). Es mas, creo
que seria su deber retirarla, si su acusacion se quedo vacia de sustento.
Saludos.
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